
El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitió su dictamen en el que opina que la banca española no debe devolver el dinero pagado de más con motivo de la aplicación de la cláusula suelo con carácter retroactivo, es decir, de aquellas hipotecas anteriores a 9 de mayo de 2013.
Y es que esta figura abusiva también afecta a muchas pequeñas y medianas empresas. De todas manera, este informe recoge solamente la opinión de Paolo Mengozzi, el letrado. Esto no implica que el TJUE dicte su resolución en este sentido.
En 2015, la Comisión Europea se pronunció y se mostró favorable a la devolución de los costes pagados de más por empresas y particulares.
Es cierto que el Tribunal Europeo suele coincidir ampliamente con los dictámenes del abogado general. No obstante, es importante apuntar que hasta el momento no hay precedentes de este tipo, por lo que esperamos que la opinión de Mengozzi no sea vinculante para el TJUE.


